«cambiadores: los quales emprestauan a·los necessitados dineros para los comprar: no con pacto de boluer les dinero: porque aquello por ley estaua prohibido por contracto vsurario, porque algo mas cobrauan de·lo que hauian prestado: mas so color de donatiuo gracioso exigian d·ellos la ganancia de·lo que les hauian prestado: despues de ser satisfechos de·la suerte principal. lo que muy vbiertamente les tenia prohibido el propheta Ezechias:»