«del regno. El qual fue incorporado et aplicado en el dito patrimonio real por los ditos judges. Arnaldus del Calbo notarius. § Item el justiciado el baylio la scriuania de·la cort de·la dita villya son del senyor rey. Arnaldus del Calbo notarius. § Item se demandauan por el procurador fiscal dauant los ditos judges mayores quantitades en que se dezian seyer tenidos fazer de peyta los hombres de Bolea al dito senyor rey. Et fue reseruado su dreyto al»