«de mil y dozientos florines de oro de Sicilia remitidos a pagar al reyno de Sicilia a·la mujer del dicho conde. En las quales cedulas el dicho nuestro secretario se sotascriuio como a principal tomador e pagador del dicho cambio para que en el caso de recambio pagaria el dicho cambio e recambio. E diz que llegadas alla las dichas cedulas e presentadas a·la dicha condesa solamente pago los ochocientos florines e por los quatrocientos florines restantes»