«§ El que se deue confessar primeramente deue pensar los pecados que fizo contra el proximo e hermano: e de todos se deue confessar: e ningunos pecados dexe por confessar si se puede acordar. Primeramente deue escoger el capellan sabio a·quien se confiesse e esto de licencia del su curador o del superior. Segundo deue aver verdadera contricion e pesar de·los pecados: con proposito de non pecar dende en adelante. Tercero se require»