«tendra et possidra las dichas primeras casas siades tenidos pagar et paguedes los trehudos que cessado hauredes pagar et cumplades et siades tenidos cumplir las condiciones que fallido hauredes. Et con las dichas condicjones et cadauna d·ellas et con cargo del dicho trehudo vos vendemos las dichas primeras casas et las otras franquas quitas et seguras de toda otra obligacion mala voz et contradicion de toda persona viuient por precio es a·ssaber de dos mil sueldos dineros jaqueses»