«no fazer se en·el dicho termino antes aquella o alguna partida de·aquella diferir o cesar de pagar se del dicho termino endelant. E por esta razon o en otra manera por causa de·las cosas en·la present carta publica contenidas o alguna d·ellas contescera vos dicho comprador o los vuestros en aquesto succesores yr vacar o jmbiar nuncio o procurador vuestro fuera de·la dicha ciudat de Çaragoça por demandar e·cobrar el dicho censal penas»