«de sus censales. La qual luycion no se puede fazer ni hay camino para ella sin contribucion de·los dichos ecclesiasticos. Y faziendo se la dicha ciudat quedara quita en .xij. anyos y los dichos ecclesiasticos tendran en este caso muy seguros sus censales y rentas y no faziendo assi lo d·ellos como todo lo otro es cierto esta para se perder y anichilar se no sin deseruicio de Dios y nuestro y danyo euidentissimo del culto diuino»