«mil sueldos de renda censales en et sobre el dito censal de los quatro mil trezientos trenta tres sueldos y quatro dineros que la dicha senyora dona Joana trahe en ayuda del dicho su matrimonjo o en·los esmerces que en·caso de luycion del dicho censal se abran fecho et que otro drecho mas de viudedad no haya nj pueda hauer el dicho senyor don Pedro en et sobre los bienes de·la dicha dona Joana Olzina si·no es tan»