«de Çaragoça en et sobre las ditas salinas del Castellar et de Remolinos. Arnaldus del Calbo notarius. § .v. kafizes. § Item el concello del lugar del Castellar por concession real ha et recibe en cadaun anyo en las ditas salinas del Castellar o de Remolinos toda aquellya sal que ellyos han necessario pora ellyos et sus ganados todos anyos. Empero los jurados del dito concellyo en animas de todos los vezinos del dito lugar han a jurar que la sal»