«por deudo ciujl no puede seyer preso detenjdo. Et vltra lo sobredito nos ditos noble et los otros vendedores desuso nombrados en·los nombres quj desuso promettemos conuenjmos e nos obligamos al tiempo de·la execucion fazedera por el dito censal o alguna partida o quantidat de aquel penas salarios danyos mjssiones e expensas e otros qualesquiere dreytos de aquel hauer dar et assignar a·los ditos officiales fazientes las ditas execuciones bienes mobles nuestros e de cadauno de nos»