«obligo hauer dar e assignar a vosotros ditos compradores o a·los vuestros en aquesto successores otras tan buenas casas con carga de otros quatro sueldos de alfarge cadaun anyo pagadera al senyor rey en el dito termino por vosotros ditos compradores o por los successores en vuestros bienes e tan buena valor e de tanta renda valua e expleyt como son las sobreditas que a vosotros vendo o qualquiere cosa que por la dita razon hauredes perdido e menoscabado e»