«el dreyto a nos e al otro de nos en·las ditas casas pertenescient nos sacamos et fueragitamos et aquel en vosotros dichos conjuges compradores trasferimos por tenor de·la present las quales ditas casas vos vendemos con los cargos e condiciones inffrascriptas e siguientes. Que vosotros ditos conjuges et el otro de vos et qui aquellas tendra las tengades milloradas e·non pioradas firmes de paretes cubiertas de terrados et sin scalon o scalones de fusta et calçadura de»