«siquiere sia en censal siquiere en otras propiedades todo aquello sea hauido e·traydo por bienes sedientes et en lugar de bienes sedientes e a·propia herencia de·la dicha dona Joana Olzina et de·los suyos et con los vinclos e·condiciones susodichos e puestos e jnsertos en el dicho censal e a·propiedat de aquel e no en otra manera. Item el dicho don Pedro con voluntat y expreso consentimjento del senyor don Blasco padre suyo y de·la»