«et sobre qualesqujere otros bienes et cosas nuestras et de·los ditos concellos aliamas et vnjuersidades officiales et singulares de aquellos et de aquellas et de cadauno d·ellos et d·ellas mobles et sedientes et por si moujentes de qualquiere condicion sian et en qualesquiere cosas consistan encara de fuero et de dreyto vso et costumbre del regno de Aragon o en otra manera quanto quiere et en·doquiere priujlegiados o no priujlegiados hauidos e por hauer en·doquiere sian»