«seguridades que quisieren y dar o fallar se puedan a su contentacion que la dicha contribucion no sera por mas tiempo de·los doze años. Hauet vos por ende en ello como la qualidat del negocio requiere y de vos confiamos. Dada en Valladolit a .xiij. de octubre anyo mil .cccc.lxxxviij. Yo el rey. § Post data et signata. Es nuestra voluntat que la dicha seguridat dando se sea conforme al tenor de·la bulla apostolica y no derogant aquella»