«el dicho orden seria la dicha ciutat en doze años quita y reduzida en stamjento que nos podriamos seruir d·ella. Y quanto es menester para deduzir el negocio a essecucion sta en mano y facultat nuestra y de·los conselleros de·la dicha ciudat excepto vna la qual es la contribuçion de·los clerigos en las jmposiciones. E comoquiere que se hauian fallado modos con los quales se podia fazer contribuir aquellos empero nos hauemos querido seguir la»