«mandamos que de qualesquiere peccunias de nuestra corte a vuestras manos peruenidas o peruenideras dedes e realmente paguedes al amado criado nuestro Johan de Medina quinze mil ochocientos diez marauedis moneda de Castilla los quales son por ayuda de costas que le ha conuenido fazer en algunos caminos que por mandado nuestro ha fecho. E en la paga que de aquellos le fareys cobrareys d·el apoca oportuna e las presentes con las quales de nuestra cierta sciencia e expressamente mandamos a·»