«prejuyzios el vno es querer sacar de nuestro reyno el conocimiento de·la causa y lleuar aquella a Roma sin algun fundamento de justicia endemas hauiendo se pronunciado juez competente el juez y comissario nombrado en la scitacion el otro querer conuenjr los sobredichos legos y los dos siendo officiales nuestros ante juez ecclesiastico e si en ello son mucho prejudicados los dichos nuestros officiales mucho mas lo es el dicho nuestro criado mossen Joan Miguel que en ello no tiene otro»