«et qualquiere d·ellos de qualesquiere deudos censales et obligaciones que ella o los suyos les hauran cargado obligado honerado como queramos que en·el tiempo de·la luycion la dita dona Benedeta et los suyos hayan los ditos lugares de dar exemptos et desenbargados de qualesquiere deudos censales et obligaciones que ellos o las vniuersidades de·los ditos lugares ensemble con ellos o por ellos apres de·la dita jnsolutum dacion en aquellos et sobre aquellos hauran cargado o consentido»