«d·esto: porque segun qualquier derecho assi del emperador que llaman derecho ciuil como del papa que llaman canonico el acusador ha de seguir al acusado en juyzio no el acusado al acusador: porque siempre los derechos fauoreçen al defendedor por escusar siempre el campo. Y como el rey fuesse por el duque de batalla requerido como reptado y acusado y pareçe manifiesto que a el tocaua el escoger del campo y del lugar para ello cumplidero:»