«por justo impedimento que crehemos no hay alguno a·lo menos le sean pagados los .vm. sueldos jaqueses segunt tenor de su contrato. Y fasta el sea pagado le sea respuesto del dicho salario. Y esto por los meritos del dicho Chillestro tomaremos a singular plazer y complascencia. E sea illustrissima princessa y reyna nuestra muy cara y muy amada fija la sancta Trinidat continua proteccion. Dada en Barchelona a .x. de mayo anyo mil .cccc.lxxiiij .»