«dito regno et dipputados de aquel como encara por qualquiere acto tracto o contracto fecho por los ditos don Miguel e don Johan Gilbert. E don Johan Gilbert padre del dito don Miguel Gilbert et qualquiere d·ellos o de otros qualesquiere haujentes drecho et causa o deppendencia d·ellos. O de qualquiere d·ellos siquiere sia hecho el dicho acto tracto o contracto antes de·la dita vendicion del dicho regno o despues yo dicho Johan de Coloma vendedor sobredicho en·los dichos»