«car conexemos que de su no drecho queria lo fiziessemos drecho o a·lo menos que fuesse dilatar la causa. E quanto necessario era hauemos confirmada la prouision del dito Johan Perez porque vos dezimos e mandamos que luego sea desempatxada por vosotros la justicia del dito Johan Perez. E no mas sia leuado por dilacion. Car en tal caso nos hi prouehiremos en manera que aquell qui en semblantes cosas fallere haya el castigo por justicia que se»