«colloqujos que sobr·el dicho articulo hauemos mandado tener percebimos que si la contribucion de·los ecclesiasticos y religiosos de aquessa ciudad es de tanto effecto y monta tanto que con ella la dicha ciudad es remediada que por vosotros no debe ser denegada nj por respecto de·la libertad ecclesiastica nj por las otras razones que por vuestra parte en contrario se fazen. Ca lo que toca a·la dicha libertad para contribuyr sin scrupulo de consciencia y que»