«manos vuestras venjdas o primero venjderas deys y pagueys al dicho arçobispo de Caller o a·su legittimo procurador los dichos dozientos ducados cobrando de aquel apocha de pago e las presentes por las quales de·la dicha nuestra cierta sciencia dezimos y mandamos a·los maestres racionales de nuestra corte o otro qualquier de vos cuentas oydor que al tiempo de·la reddicion y examinacion de vuestras cuentas vos poniendo en data e salida los dichos dozientos ducados que en»