«tireys e renuncieys segund que nos con aquesta mesma tiramos e renunciamos el dicho emparamiento querays e consintays assi como nos queremos e consentimos que el dicho comendador sea respuesto de·los bienes e cosas emparadas assi como ante que el dicho emparamiento fecho fuesse se deuia respondre aquel en alguna cosa no contrastant. Dada en la vila de Fraga a siete dias de nouiembre del anyo de·la natiuidat de nuestro Senyor mil .cccc.lx. Rex Joannes. Dominus rex mandauit mihi»