«las dichas casas han et ad·aquellas pertenescen et pertenesceran de aqui adelant en qualquiere manera e por qualquiere causa con cargo de fadiga loysmo y comisso et con·las condiciones inffrascriptas por precio de tres mil e cincientos sueldos jaqueses dineros jaqueses buena moneda corrible en·el reyno de Aragon los quales nosotros ditos vendedores de vosotros ditos compradores atorgamos hauer hauido en contantes en·poder nuestro recebido. Renunciantes a·toda et qualquiere excepcion de fraude e de engaño»