«el phisico que dudara de·la edad del pasciente ante del el juzgar de·la vrina que no juzgar presumptuosamente lo que no vee. La .vj. regla es segun el Auicenna que el phisico se deue certificar del regimiento del doliente acerca las cosas que no le son naturales ante que juzgue la vrina porque segun las diuersidades de·la melezina que toma el doliente se diuersifica la vrina: enxemplo: si alguno toma açafran o cassia su vrina»