«e moral. Por estado de solitario entiendo hermitaños anacoritas enparedadas reclusos e ençerrados. Silvanos e apartados. Y todos los otros que biuen arredrados de conpañia e se dan al contemplatiuo beuir. Por estado de muger entiendo dueña donzella moça casada biuda sierua niña. E todos los otros grados femjniles o mugeriegos en qualquier manera o dignidat o subjeçion que sean falladas. De·las otras personas que fuera de aquestos ya nonbrados e de sus vias»