«a que siades vos dicho comprador o·los vuestros entregament satisfechos e pagados del dicho cens trehudo e·de·las penas salarios missiones e·danyos que comesos seran e fecho e·sustenido hauredes e·que la capcion de·las personas no empache la exsecucion de·los bienes ni por·el contrario antes puedan todos ensemble o separadament encorrer. Renunciantes en todas et cadaunas cosas sobredichas al drecho dizient la pena no poder sobrepuyar de·la principal suert e·que vna»