«dicho officio se ayunten en su consistorio segunt que lo han de vso e de costumbre e reciban e hayan a vos el dicho Juan de Montaluo por regidor de·la dicha villa en lugar del posseedor de aquell e vsen con uos en·el dicho officio segund que mejor e mas complidamente vsan con cada vno de·los otros regidores d·ella rescibiendo de uos primeramente por razon del el dicho officio juramento sobre la señal de·la cruç e los santos»