«otros que menester fuere que no procedan ni alguno d·ellos proceda a fazer eleccion de·los dichos officios ni de alguno d·ellos juxta serie y tenor de·la dicha nuestra prouision. E fechas las dichas suspension e jnhibicion encomendareys en nombre nuestro los dichos officios a·las personas en la dicha otra proujsion nuestra nombradas singula singulis refferendo juxta serie e forma de aquella. Recibiendo de aquellas el sagrament y homenatge que se acostumbra prestar y faziendo fulminar»