«cargo a otra persona alguna que a el de·las sobre dichas cosas trahiendo a consequencia el fecho de Pallas le dyreys que no crea nj dubde que nos dassemos cargo a otro sino a el al qual por las speriencias ne tenemos conocidas e para el regimento que le tenemos encomendado en el qual continuamente s·es hauido muy bien al seruicio nuestro bien y reposo de·la tierra somos ciertos de aquesto e de otras maiores cosas nos daran»