«de no hauer hauido et contantes en·poder nuestro recebido de vosotros ditos compradores los ditos tres mil e cincientos sueldos precio de·la present vendicion. Et a·la ley o dreyto que socorre et ayuda a·los decebidos et enganyados en·las vendiciones feytas vltra la meytat del justo precio. Et encontinent de todo el dreyto a nos e al otro de nos en·las ditas casas pertenescient nos sacamos et fueragitamos et aquel en vosotros dichos conjuges»