«possidamos todos los ditos bienes heredades e lugares censales censos e trehudos demjentre duraria el dito matrimonio entre nos e deffalliendo alguno de·nos que retornen sian e finquen todos los ditos bienes del sobreujuient de·nos. E deffalliendo nosotros entramos que sian e finquen todos los ditos bienes segund dito es de·los fillos e fillas de·nos entramos comunes. A los quales los ditos bienes podamos dar distribujr o lexar por eguales e no eguales partes por»