«quede facultat por los presentes capitoles al dito mossen Joan Olzina o a sus herederos de poder luyr e quitar el dicho censal por precio de·los dichos vinte mil sueldos los quales en·caso de·la dicha luycion se hayan de esmerçar con·el susodicho vinclo. Item mas trahe todos los drechos que el dicho mossen Olzina podria alcançar por lo que por la anima e funeralias fechas por el en·la defunsion y complimjento de anima de dona Joana de Heredia»