«sobre la dicha ciudad cargados. Los quales deuen ser luydos y que montan las cosas de·las quales la dicha ciudad faze pie para la dicha luycion. Y que monta la dicha sisa con la contribucion de vosotros y eximidos los stranjeros ecclesiasticos. Y que monta o puede montar la dicha sisa sin vuestra contribucion. Y si se falla que con la contribucion de vosotros lo que procedera de·la dicha sisa sera tanto que con las»