«et dauant qualesquiere otros judges et officiales ecclesiasticos o seglares de qualesquiere regnos et tierras et de sus lugarestenjentes. Renunciantes encara en·lo sobredito a·dia de acuerdo et diez dias pora cartas cerquar et a·todas et cadaunas otras excepciones et dilaciones allegaciones et defensiones de fuero et de dreyto canonico o ciuil vso et costumbre del regno las sobreditas cosas o alguna d·ellas en·alguna manera repugnantes e a·vos e a·los vuestros nozientes et a·»