«poder nuestro recebido e en vtilidades nuestras en·los dichos nombres et de·los dichos concello aliama e vniuersidades de·la dicha villa e·lugares et de·los singulares de·aquellos et de cadauno d·ellos conuertidos. Renunciantes a·la excepcion de frau et de enganyo et de·no hauer hauido et contantes en poder nuestro recebido de vos dicho Paulo de Gracia el dicho precio. La qual confession en·los dichos nombres queremos seyer hauida por suficient appoca del dicho»