«fazedera a·la dita Elienor vos hayays e treballeys por manera que sin contraste ni debat alguno ella cobre e haya los ditos lugar e otros bienes hauiendo recomendada ella e los dichos fechos suyos e del dito micer Johan por forma que en su justicia no sean grauados. Seyendo propinco en aquesto por part de·la dita Elienor como la justicia e razon dictaran. Auisando vos que no poco vos lo agradeceremos fazet por tanto no·y haya»