«antes de proceder a·capcion de·las personas de·los sobredichos ni ahun tomar jnformacion consultar lo con nos pues veys que en ello va mas a nos que a otro para otra vez sereys mas preuisto y mas cauto de forma que antes de proceder a cosa alguna si otro tal caso acontecia nos consulteys y en el dicho negocio es nuestra voluntat libreys de·la prision so ydoneos fiadores a·los dichos arrendadores y los oyays en todo lo»