«aquella et queremos seyer haujda por no feyta. Et encara que los ditos procuradores sindicos et actores nuestros et cadauno d·ellos puedan renunciar et renuncien assi antes de sentencja como depues de sentencia huna et muytas vegadas a·todo fuero de dreyto et a·todos e qualesquiere recurssos nullidades auxilios hayudas excepciones condiciones et dilaciones prouaciones et deffensiones leyes dreytos fueros obseruanças statuciones ordinaciones razones vsos costrumbres allegaciones de aquellos priuilegios gujadges alargas sobreseymjentos jnhibiciones mandamjentos letras prouisiones rescriptos»