«aquellas mil e trezientas doblas moriscas restantes a·pagar al dito Johan de mayor quantia por·el dito rey de Fez e su casa. Por razon de ciertos drapos siquiere panyos de lana los quales el dito rey mas por fuerça que por grado hauja comprados del dito Johan de Xarch. Segund que todas aquestas e otras cosas son contenjdas en la dita letra mas largament. Porque como sea necessario que la dita letra sea presentada al dito rey e»