«en el dito lugar del El Real et en los terminos de aquel ha el senyor rey los herbages et dreytos de aquellos. Los quales han seydo aplicados por los ditos judges en el patrimonio del dito senyor reseruado a·los habitadores del dito lugar que en los ditos terminos pueden tener et paxentar sus proprios ganados grossos o menudos. Et los ditos herbages se deuen arrendar por los officiales del senyor rey. Arnaldus del Calbo notarius. § Ruyta. § En»