«mereçen: y si por alguna causa no pudiere qualquier peregrino comer a·la mesa del dicho patron que le sea dado comer a su parte segun es costumbre a tales hombres: y ahun sea mas obligado que de Venecia fasta que llegue a·la tierra santa y dende buelua en·el lugar mismo donde partieron sea tenido de dar pan y vino y carne fresca todo muy bueno con las prouisiones que son razonables. § Quando quisieren los peregrinos»