«hombres seruidores nuestros e a otros estrangeros los quales se honran e ennoblescen de aquella. Con tal empero condicion damos aquesta licencia que aquellos e aquellas a quien la dicha jnfanta acomendara la dicha empresa hayan primeramente a jurar e fazer sagramento sobre los sanctos quatre euangelios de nuestro senyor Dios e prometran a·la dicha jnfanta nuestra muy cara e amada nieta que faran ternan seruaran e compliran todas las cosas contenidas en los capitolos de·la sobredita empresa»