«juntamente las viejas y la nueva no le obstan antes bien dan lugar que pueda seyendo de nos proueydo tener y exercir el dicho officio y assi le hauemos d·el proueydo no dudamos reputareys que hauemos fecho la prouision que fazer se deue. Por·ende vos rogamos lo fauorezcays y defendays por todas las vias que podays ca esta es nuestra determinada voluntad. Quanto en el negocio de dona Castellana nos desplaze mucho como non se fizo pues»