«tienen de fazer en tales cosas y ay receptores diputados para recebir essas y otras pecunjas de·la jnquisicion en manera que no es menester vos cureys d·ello ni spereys que por nos vos sea mandado cosa alguna saluo que fagays lo que los dichos jnquisidores vos dixieren assistiendo les con todo fauor necessario. Dada en el nuestro real contra la ciudad de Malaga a .viij. de agosto del anyo mil .cccc.lxxxvij. § Yo el rey. Ludouico Gonçales secretarius»