«e·eran tenidas e obligados d·aqui·adelant en·qualquiere manera. Item es condicion que siays tenido e·obligado dar me el present contracto en forma publica a vuestras proprias expensas dentro spacio de·dos meses del present dia de hoy en auant contaderos. Item es condicion que si vos dicho maestre Miguel Roquer o los vuestros aquellos qui d·aqui adelant las dichas casas tendran e possehiran querreys o querran aquellas vender empenyar o por algun precio alienar que»