«judges en el sobredito patrimonio real. Arnaldus del Calbo notarius. § Item ha el senyor rey en las ditas aldeas los dreytos de exercitu et caualgada quando el caso lo requiere. Los quales dreytos fueron por los ditos judges aplicados et incorporados en el dito patrimonio real. Arnaldus del Calbo notarius. § Item ha el dito senyor rey en la dita ciudat la tercera part de·las calonias de sixanta sueldos et d·ally asuso que se sdeuienen acahescer et encorrer en»